14 Dic Nulidad matrimonial y malos tratos
Los malos tratos tienen una influencia determinante a la hora de determinar una posible nulidad matrimonial canónica, de hecho la totalidad de las solicitudes presentadas que demostraron la existencia de malos tratos familiares fueron tramitadas en el Tribunal Eclesiástico de Valencia, y la práctica totalidad obtuvieron resolución favorable.
El Vicario Judicial de Valencia D. Jorge García Montagud manifestó en una reciente conferencia que en los tribunales eclesiásticos tienen la obligación de profundizar en la causa del problema. “Los malos tratos en realidad son un síntoma, un indicio de una patología que incapacita para el matrimonio en la mayoría de los casos, según nuestra experiencia”.
Por otra parte, queremos informarle y aconsejarle que al margen de las cuestiones jurídicas de familia (divorcio o separación, nulidad matrimonial, pensiones a los hijos o cónyuges, etc), en caso de malos tratos es posible que tanto las víctimas como los niños, e incluso en algunos casos también los agresores, sufran gravemente por estas circunstancias, por lo que puede resultar aconsejable incluso recibir una especial ayuda psicológica, para lo que existen profesionales específicos que incluso pueden atenderle gratuitamente.
Por último, debe considerarse que al margen de que sea también causa de nulidad canónica, los malos tratos están previstos en el Código de Derecho Canónico como causa de separación matrimonial.
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