19 May Consultas de alquiler vacacional
Consultas de alquiler vacacional
Las consultas sobre alquiler vacacional son cada vez más frecuentes en nuestro despacho. Cada vez hay más clientes que alquilan sus apartamentos o casas por temporadas. Como Abogados inmobiliarios, le aconsejamos que se asesore previamente, puesto que son cuestiones, normativa y requisitos muy distintos al arrendamiento habitual.
En éste sentido queremos informar sobre una reciente Consulta Vinculante de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo, del pasado mes de febrero de 2017.
En ella se trata la cuestión de un propietario de una vivienda sobre el impacto en el IVA del alquiler vacacional de una casa. El propietario de manera adicional al alquiler, presta un servicio de limpieza y cambio de ropa al final de la estancia de cada arrendatario.
Respecto a las operaciones de arrendamiento, la Ley reguladora del Impuesto prevé la exención a los alquileres de las viviendas, siempre y cuando el arrendador no esté obligado a la prestación de servicios propios de la industria hotelera, tales como los de restaurante, limpieza, lavado de ropa u otros similares. La Dirección General de Tributos ha interpretado este condicionamiento y exige que tales servicios adicionales, que se podrían resumir como atención continuada al cliente, se presten durante el tiempo de duración del contrato. En ese caso el arrendamiento está sujeto y no exento del IVA.
Sin embargo, en el supuesto analizado, el consultante sólo se compromete a la limpieza y al cambio de la ropa de la vivienda tras la finalización de cada arrendamiento, por lo que tales servicios no pueden considerarse «propios de la hostelería» y el alquiler goza de la exención mencionada.
Como le hemos indicado cada es más frecuente las consultas sobre alquiler vacacional, le aconsejamos que en caso de duda se ponga en contacto con este despacho, especializado en derecho inmobiliario y de viviendas con más de veinte años de experiencia.
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