Reclamar el IRPF de la prestacion por maternidad

Reclamar el IRPF de la prestacion por maternidad

RECLAMAR EL IRPF DE LA PRESTACION DE MATERNIDAD

La prestación por maternidad que abona la Seguridad Social está exenta del pago de IRPF, esto ha establecido la sentencia del Tribunal Supremo. ¿Me deben devolver dinero? ¿Cómo reclamarlo?

DEVOLUCION IRPF MATERNIDADEl Tribunal Supremo ha establecido recientemente en la sentencia que puedes descargar AQUI que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social están exentas del IRPF

Esta sentencia ha abierto la puerta a todas aquellas mujeres que hayan tenido hijos desde el 2014 hasta la actualidad para que puedan RECUPERAR el importe que pagaron en impuestos por la prestación de maternidad que recibieron.

Solo existen 2 requisitos:

  • Haber tenido un hijo desde el año 2014
  • Que estuvieran trabajando y, por tanto, le correspondiera la baja de maternidad.

 

¿Cuál es el plazo para reclamar?

La solicitud de rectificación se puede pedir antes de que pasen cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada o desde el día siguiente a la presentación de la declaración si se presentó fuera de plazo.

Para los empleados que cobraron la prestación en 2014, el plazo termina el 30 de junio de 2019, que es cuando se cumplirán cuatro años del momento en el que se presentó la renta correspondiente al ejercicio de 2014 (en 2015).

En la declaración de 2018, que se presentará en junio de 2019,  ya podrá no inlcuirse en la declaración del IRPF el importe de la prestación de maternidad que se haya recibido. 

¿Quiénes no pueden reclamar la devolucion?

Aquellos que recibieran la prestación en 2013 y antes. Tampoco quienes tengan una sentencia firme en contra de esta devolución.

¿Cuánto pueden llegar a devolver?

La cuantía puede variar bastante según cual sea el importe de la prestación recibida y el tipo marginal aplicado al resto de ingresos del contribuyente. Para una prestación de 5.600 euros en 2014, la devolución oscilaría entre 1.000 y 2.600 € aproximadamente, según estima la  OCU.

Esta reclamación no tiene costes.

Aunque la norma de IRPF habla de prestaciones de maternidad, no sólo las madres perceptoras de dicha prestación podrán instar la reclamación. También podrán reclamar los padres que la hayan percibido, porque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre, la prestación que él percibe sigue siendo de maternidad.

 

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https://www.serpadres.es/familia/derechos/articulo/la-prestacion-por-maternidad-exenta-de-irpf-361479726962

https://www.invertia.com/es/-/-sabes-como-reclamar-el-irpf-de-las-prestaciones-por-maternidad-hacienda-lo-explicara-esta-semana?inheritRedirect=true&redirect=%2Fes%2Fportada

https://elpais.com/economia/2018/02/05/mis_derechos/1517823100_285268.html

 

 

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